A la hora de vender una propiedad, hay muchas variables a tener en cuenta. Una de las más importantes son los gastos involucrados en la operación de compraventa. Es muy normal que surjan dudas y consultas sobre este tema. Es por eso que en esta nota armamos un resumen muy sencillo con todos los gastos involucrados en la venta de una propiedad.
- HONORARIOS DE LA/S INMOBILIARIAS
Por sugerencia del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios (CUCICBA) los honorarios de la/s inmobiliarias se fija en un 3% + IVA (si corresponde) al vendedor. Este valor no se ve modificado por el hecho de que participe una o dos inmobiliarias en la operación. Al tratarse de una sugerencia, hay libertad de precios en el mercado por lo que este monto puede cambiar en cada caso.
- IMPUESTO DE SELLOS
A partir del año 2013, en CABA este valor es del 3,6% del valor de escrituración (siendo el valor anterior del 2,5%) y se paga a medias entre comprador y vendedor (1,8% cada parte). Hay que tener en cuenta algunas excepciones, a saber:
- Las ventas de hasta $2.000.000 (dos millones de pesos argentinos) que tengan por objeto una vivienda única, familiar y de ocupación permanente se encuentran exentas de este impuesto.
- Las ventas superiores a $2.000.000 (dos millones de pesos argentinos) que tengan por objeto una vivienda única, abonarán un 3,6% sobre el excedente.
- GASTOS DE ESCRITURACIÓN (gastos de inscripción, folios, etc.)
El nuevo Código Civil y Comercial de Argentina indica que los gastos pre-escrituriarios serán abonados por el vendedor y los gastos post-escriturarios serán abonados por el comprador. Ambos gastos tienen un valor aproximado del 0,5% cada uno.
- HONORARIOS DE LA ESCRIBANÍA
Estos honorarios varían entre el 1% y 2% + IVA sobre el monto de la operación. De manera similar a lo que sucede con los honorarios de las inmobiliarias, hay libre mercado por lo que los mismos pueden variar dependiendo de cada caso.
- ESCRITURA DE HIPOTECA
Este gasto corre por cuenta del comprador, en caso de que la compra se efectúe a través de un crédito hipotecario. El monto es de 0,5% + IVA sobre el préstamo.
- IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES (ITI)
Este gasto corre por cuenta del vendedor y se calcula como al 1,5% sobre el valor de escrituración. Se paga únicamente en los casos en que la propiedad no es la vivienda única del vendedor. Excepciones: Si el vendedor vende su propiedad para comprar otra donde vivir, estará exento deberá abonar este impuesto.
- CONSTITUCIÓN DE FONDO DE RESERVA (exclusivo para deptos a estrenar)
Este gasto, a cargo del comprador, es exclusivo para las propiedades nuevas (a estrenar) y se calcula como el 0,5% del valor de la operación.
- IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Si la parte vendedora es una persona física, un fideicomiso, una SRL o una SA dedicada a la compraventa de propiedades, deberá abonar el 30% de las ganancias. Importante: si la propiedad fue adquirida después del 2018, se deberá abonar el impuesto a las ganancias, en lugar del impuesto a la transferencia de inmuebles
- IMPUESTO A LA TRANSMISIÓN GRATUITA DE BIENES
Aplica para la mayoría de las provincias del país, en lo casos de donaciones y herencias en los que el vendedor tiene domicilio fuera de CABA.
- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
El IVA aplica en viviendas a estrenar y suele formar parte del precio.
- INFORMES
Las operaciones de compraventa de propiedades involucran la solicitud de una serie de informes por parte de la inmobiliaria, a saber: informe de Dominio, informe de Titularidad sobre el bien, informe de Inhibición sobre los titulares. Los gastos de la tramitación de estos informes corren por cuenta de la inmobiliaria.
Es importante tener en cuenta que existen múltiples excepciones relacionadas con los gastos involucrados al vender una propiedad y la parte responsable de asegurarnos que todo está en orden, es la escribanía. Es por eso que resulta fundamental solicitar a la escribanía interviniente el detalle de gastos correspondiente.